Quito, Ecuador.- La mañana del miércoles 31 de enero de 2018, a las 09h00, la Comunidad Amazónica Cordillera del Cóndor Mirador (Cascomi), la Red Eclesial PanAmazónica  (REPAM)  y la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) presentaron una Acción de Protección solicitando la reparación integral de las 36 familias campesinas e indígenas desalojadas en Tundayme en el año 2014 y 2015, como resultado de la concesión minera otorgada a favor de la empresa Ecuacorriente S.A, en la provincia de Zamora Chinchipe.

 

Esta acción, presentada ante la Sala de Sorteos del Complejo Judicial Norte, recayó en las manos del juez Carlos Alfonso Dávila Ortega de la Unidad Judicial de Trabajo. El magistrado luego de aceptar el trámite tiene cinco días para notificar hora y fecha de la audiencia.

 

El recurso fue planteado en contra el Estado ecuatoriano, en las instituciones del Ministerio de Minería, Ministerio del Interior, Ministerio del Ambiente y Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), así como contra la empresa minera Ecuacorrientes S.A.

 

Con esta acción de protección apoyada por Red Eclesial Pan Amazónica e INREDH, la comunidad solicita reparación individual y comunitaria, que implica la reparación por daños de salud físicos y psicológicos, indemnización en favor de todas las víctimas, la reubicación de las familias que cumpla con características similares del territorio del cual fueron desalojados.

 

Así también se solicita que en un acto público se reconozca la responsabilidad y se presente las disculpas por parte del Estado y de la empresa ECUACORRIENTES S.A., reconociendo el daño causado y ofreciendo garantías de no repetición.

 

Además, se solicita que el Estado, a través de sus organismos diseñe planes de desarrollo tomando en cuenta su proyecto de vida comunitario. Y finalmente, las medidas correspondientes  a la Asamblea Nacional para la creación de un marco normativo que se adecue a los estándares de la consulta previa, libre e informada.

 

Desde el año 2015, se han realizado una serie de violaciones a los derechos humanos a la vivienda digna y al derecho a la consulta previa, a familias indígenas y campesinas en la provincia de Zamora Chinchipe, Cantón el Pangui, Parroquia Tundayme. Lugar donde se asientan las actividades para la operación del contrato de explotación minera a gran escala en Ecuador, parte del  Proyecto estratégico Cóndor Mirador.

 

Desde el 2012 hasta la presente fecha, no se ha realizado consulta alguna a la comunidad para obtener su consentimiento sobre este proyecto. Con ello, el Estado claramente incumplió obligaciones derivadas de la Carta Magna y obligaciones internacionalmente adquiridas  respecto a la consulta previa.  Este incumplimiento vuelve ilegal a la concesión del contrato de explotación minera y, consecuentemente, torna ilegales  a todos los procesos de desalojo que se originaron en dichas concesiones.

 

Violación a mandatos constitucionales y legales

Según el Art. 57 de la Constitución y el Convenio 169 de la OIT de la que el Ecuador es parte,los pueblos y nacionalidades indígenas tienen derecho a que se les consulte de forma previa, libre, oportuna e informada acerca de cualquier plan de explotación de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles ambiental o culturalmente.

 

Para Gabriela Flores, asesora legal de Inredh, la comunidad de Cascomi nunca fue consultada acerca de la concesión en cuestión, a pesar de afectar su territorio de forma directa, y de que la realización de la consulta previa es obligatoria según los instrumentos internacionales.  “Ello constituye una violación a sus derechos constitucionales”, dijo.

 

Según Francis Andrade, de la REPAM, esta acción de protección se alinea con el mandato de apoyo a lucha de la comunidad amazónica a nivel regional en la reivindicación de sus derechos.

 

Esta acción de protección pretende que se haga justicia con las 36 familias afectadas, logrando que el Estado asuma su responsabilidad en las violaciones de estos derechos y repare de forma integral los daños físicos y psicológicos causados, incluyendo la reubicación de las familias desalojadas en territorios que cumpla con características similares del territorio del cual fueron desalojados, la adopción de medidas de rehabilitación y de reactivación económica en favor de la comunidad, las disculpas públicas, entre otros.

 

En la presentación de la acción de protección estuvieron presentes, el presidente de la comunidad de Cascomi, Luis Sánchez, que denunció las afectaciones ambientales como la contaminación del río, los desalojos que sufrieron desde 2014 y los daños psicológicos que implica sufrir un desalojo.

 

También acompañó, el vicepresidente de la Conaie, Cesar Tixilema, quien comentó sobre los efectos de la minería y las graves violaciones a estas comunidades y que hasta la fecha no son reubicadas de manera digna.

 

Leer Acción de Protección presentada

Fuente: REPAM/ INREDH