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Comité Derechos Humanos de la ONU

SIGNIS ALC

19 julio 2016

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Comité Derechos Humanos de la ONU recomienda a Ecuador garantizar libertad de expresión.

El Estado

El Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas -ONU- recomendó al estado ecuatoriano la adopción de “las medidas necesarias para garantizar el pleno y efectivo ejercicio del derecho a la libertad de opinión y de expresión en todas sus formas”. En el último informe sobre el sexto examen realizado por este organismo de las Naciones Unidas a Ecuador, se puntualiza que el Estado “debe velar por que su legislación, en particular la Ley Orgánica de Comunicación, sea plenamente compatible con el artículo 19 del Pacto y que cualquier restricción del ejercicio de la libertad de expresión cumpla plenamente con las estrictas exigencias establecidas en el artículo 19, párr. 3, del Pacto y desarrolladas en la Observación general núm. 34 (2011) sobre libertad de opinión y libertad de expresión del Comité”.

 

Si bien, el Comité de Derechos Humanos reconoce que la Ley Orgánica de Comunicación consagra importantes principios relativos al derecho a la libertad de expresión, expresó también su preocupación porque algunas disposiciones “podrían afectar el pleno ejercicio de ese derecho, incluyendo la imposición de algunas obligaciones que podrían resultar ambiguas o desproporcionadas”.

 

Como ejemplo de que ciertas normas de la Ley de Comunicación podrían afectar el derecho a la libertad de expresión, el Comité señala “la obligación de los medios de comunicación de “cubrir y difundir los hechos de interés público” o la prohibición de difundir “información que de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública” (“linchamiento mediático”), y cuyo incumplimiento podría dar lugar a severas sanciones”.

 

Por otro lado, al Comité de la ONU “le preocupan las alegaciones que indican que algunas personas que criticaron al Gobierno, incluyendo periodistas y usuarios de redes sociales, habrían sufrido acoso y amenazas anónimas luego de ser mencionadas específicamente por oficiales del Gobierno en medios públicos y que se utilizaría el sistema judicial para silenciar la crítica a través de la presentación de demandas (art. 19)”.

 

En otra parte del informe se manifiesta preocupación por el uso excesivo de la fuerza en manifestaciones y ciminalización de la protesta social.

 

El Comité de la ONU instó también al Estado a “adoptar medidas apropiadas para garantizar que todas las personas bajo su jurisdicción puedan ejercer en la práctica su derecho a la libertad de reunión pacífica; redoblar sus esfuerzos con miras a prevenir y eliminar efectivamente todas las formas de uso excesivo de la fuerza por miembros de las fuerzas del orden y de seguridad; y adoptar las medidas necesarias para asegurar que todas las alegaciones de uso excesivo de la fuerza sean investigadas de manera pronta, exhaustiva, independiente e imparcial y que los presuntos autores sean llevados ante la justicia y, de ser declarados culpables, sancionados de conformidad con la gravedad de sus actos”.

 

En el informe se refiere también a la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, la discriminación y violencia por motivos de orientación sexual o identidad de género, la violencia contra la mujer, sobre las condiciones de detención y violencia en las prisiones, independencia judicial, derechos de los pueblos indígenas, entre otros temas.

 

El Informe completo se puede descargar aquí

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