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Suspendieron actividades de Minera

SIGNIS ALC

14 julio 2017

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Justicia dispuso suspender actividades de Minera por contaminación

Justicia dispuso suspender actividades de Minera por contaminación

la sentencia dispone que la medida regirá hasta tanto la minera presente documentación que acredite la contratación de un seguro para hacer frente a la reparación del daño ambiental.

San Miguel de Tucumán, Argentina.- La empresa “Minera Alumbrera Limited” en los yacimientos “Bajo de la Alumbrera” y “Bajo del Durazno” , ubicados en Andalgalá, en la vecina provincia de Catamarca, deberá suspender de manera inmediata las actividades mineras, según así lo dispuso la Cámara Federal de Apelaciones con asiento en Tucumán.

 

Con la firma de la jueza Marina Cossio de Mercau y de los conjueces Daniel Bejas y Guillermo Molinari, la sentencia dispone que la medida regirá hasta tanto la minera presente documentación que acredite la contratación de un seguro para hacer frente a la reparación del daño ambiental que pueda haber ocasionado con su accionar.

 

“La causa por contaminación contra Minera Alumbrera y su socia Estatal, YMAD, fue iniciada a principios de 2010 por un recurso de amparo presentado por la ciudadana catamarqueña Felipa Cruz y otros pobladores de Andalgalá que son propietarios de los terrenos donde se encuentran los yacimientos.

 

Con el apoyo del fiscal general ante la Cámara Federal de Tucumán, Gustavo Gómez, la denunciante había solicitado el dictado de una medida cautelar con el fin de que se ordene la suspensión inmediata de la actividad de Minera Alumbrera en sus terrenos hasta tanto se realizaran informes periciales in situ para medir el alcance de la contaminación provocada por la empresa.

 

Esos estudios, según la denuncia, también permitirían constatar la degradación del medio ambiente provocada por las filtraciones originadas en el llamado “dique de colas” donde la empresa deposita el líquido contaminado con metales pesados y otras sustancias como resultado de sus actividades. En la demanda, la parte actora pidió que se mantenga la suspensión de las actividades mineras hasta que la empresa minera acredite haber cumplido con la contratación de un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño ambiental ocasionado.

 

Para más información se puede revisar el sitio web del Observatorio de conflictos mineros en América Latina www.ocmal.org /www.lanacion.com.ar

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