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ANCINE abre consulta pública para reglamentar canales comunitarios

SIGNIS ALC

26 abril 2017

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ANCINE abre consulta pública para reglamentar canales comunitarios

ANCINE abre consulta pública para reglamentar canales comunitarios

La reglamentación no debe generar costos significativos e innecesarios para las empresas de TV paga

Brasilia, Brasil.- Hasta el próximo 16 de junio está abierta la consulta pública convocada por la Agencia Nacional de Cine (ANCINE) con la finalidad de receptar aportes para reglamentar la distribución obligatoria (must carry) de los canales comunitarios y universitarios por parte de las empresas de TV paga. La acreditación por parte de los canales de programación de distribución obligatoria está prevista en el artículo 32 de la Ley 12.485/2011 (Ley de Servicios de Acceso Condicionado-SEAC-) y la transmisión de publicidad en dichos canales, lo cual debe ser regulada.

“La importancia de reglamentar los dispositivos legales que rigen los canales comunitarios y -en menor medida, a los canales universitarios-, en el ámbito de servicio de acceso condicionado está asociada a tres factores principales: la organización de los criterios y procedimientos relativos al registro y acreditación de esos canales junto a ANCINE; el establecimiento de criterios u orientaciones que ayuden en la definición de ocupación del espacio garantizado por ley en situaciones en las cuales exista la posibilidad de que más de un agente procure encuadrarse como entidad programadora de canal comunitario; y la clara previsión para los agentes de mercado, especialmente los distribuidores de servicio de acceso condicionado (las operadoras de TV paga), sobre qué entidades programadoras atienden los requisitos de acreditación, estando aptas para cumplir la obligación legal”, explica el documento de consulta.

Respecto del último punto, ANCINE destaca que la reglamentación no debe generar “costos significativos e innecesarios” para las empresas de TV paga ya que si no “incurriría en el riesgo de producir un aumento de precios para los suscriptores de servicios de TV paga y, consecuentemente, desestimularía el crecimiento de la actividad”.

La Ley SEAC, que regula los servicios de TV paga, prevé la obligación de transporte gratuito de un canal por cada tipo, estos son, los canales de la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, del Supremo Tribunal Federal, del Poder Ejecutivo, el canal educativo-cultural, y el canal de la Ciudadanía (ambos organizados por el Gobierno Federal), el canal comunitario de uso compartido, el canal legislativo municipal/estadual y el canal universitario de uso compartido.

La atención especial sobre la reglamentación de los canales comunitarios y universitarios “se basa en el entendimiento de que cuanto menor es el grado de institucionalización, mayor es la necesidad de reglamentación y viceversa”, señala el documento de consulta.

En este sentido, ANCINE dice que las cuestiones relativas a la compartición de programación entre los canales legislativos municipal y estadual no formarán parte de la propuesta de consulta, que en cambio se enfoca en los canales comunitarios y, en menor medida, en los universitarios ya que, respecto de estos últimos, la propuesta se restringe a la actividad de programación propiamente dicha y a la acreditación de la entidad programadora ya que de lo referente a la compartición del canal se ocupa la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL).

 

Fuente: OBSERVACOM

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