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Ley sobre actos de odio y discriminación en internet

SIGNIS ALC

20 abril 2018

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Avanza proceso de aprobación de Ley sobre actos de odio y discriminación en internet

Avanza proceso de aprobación de Ley sobre actos de odio y discriminación en internet

Tegucigalpa, Honduras.- El Congreso de Honduras se encuentra a un paso de aprobar, de manera definitiva, el Proyecto de “Ley Nacional de Ciberseguridad y medidas de protección ante los actos de odio y discriminación en Internet y redes sociales”.  El cuerpo legal fue aprobado en segundo debate la semana pasada y debe pasar por un tercer y último debate para su sanción definitiva.

 

Según el proyecto de ley, los administradores de sitios web que producen y transmiten contenidos por Internet deberán bloquear o suprimir “contenido ilegal” o que tengan “connotaciones discriminatorias” dentro de las 24 horas después de recibir un reclamo de un ciudadano que se manifieste afectado, pero sin que medie orden judicial ni debido proceso y dejando librado a la decisión de la empresa de Internet si el reclamo es correcto.

 

Con una tipificación vaga e imprecisa de las posibles infracciones y la falta de mecanismos democráticos adecuados para resolver un posible conflicto de derechos en línea, el proyecto plantea serios riesgos a la libertad de expresión y no respeta los estándares elaborados por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Tampoco los consensos alcanzados a través de los “Principios de Manila” respecto a la responsabilidad de los intermediarios. Allí se afirma, que no se pueden remover contenidos sin una orden emitida por una autoridad judicial, entre otras cuestiones.

 

La normativa define como “contenido ilegal” a la “incitación o discurso de odio, discriminación o las figuras delictivas de injuria; calumnia; ciberterrorismo o terrorismo electrónico; incitación a la discriminación; producción y utilización de pornografía infantil; suplantación de identidad; y, amenazas, conforme a las definiciones que para ellos establezca el Código Penal, así como Bullying Cibernético”.

 

El proyecto de ley contraviene las recomendaciones de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la despenalización de las figuras de injurias y calumnias, por considerar que pueden conllevar a silenciar ideas y opiniones y, por ende, afectar a la libertad de expresión.

 

De igual manera, la propuesta legal prevé sanciones económicas que van de US$ 2.100 a US$ 42.000, y pueden llegar a la suspensión y bloqueo del sitio web donde se publicó el contenido demandado. En el caso de remoción, el documento prevé que “el contenido debe ser asegurado para propósito de prueba en caso de que la persona agraviada decida proceder penalmente”. Además se establece que los proveedores de servicio de Internet deben mantener el registro de las direcciones IP de los usuarios por 30 días.

 

El proyecto de ley crea el Comité de Ciberseguridad, integrado por distintas dependencias gubernamentales, encargado del diseño, implementación y supervisión de la estrategia nacional de Ciberseguridad. A su vez se crea un Consejo de Veeduría Social, “como un mecanismo de participación social”, para dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones del Comité, con capacidad de emitir informes y participar de reuniones pero solo cuando es requerido por el Comité.

 

El Colegio de Periodistas de Honduras (CPH) repudió el proyecto y amenazó con denunciarlo en instancias nacionales e internacionales. “Nosotros esperamos que la Comisión de Dictamen haya pedido la opinión consultiva a la Organización de los Estados Americanos (OEA) y a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), específicamente al Relator Especial y que elimine aquellos aspectos que violenten la libertad de expresión”, aseguró Dagoberto Rodríguez, presidente del CPH.

 

Fuente: OBSERVACOM

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