San José, Costa Rica.- Del 28 de febrero al 4 de marzo próximo, en San José, Costa Rica, se llevará a cabo la última ronda de negociación sobre el acuerdo del Principio 10.  En este proceso político participan 24 países de América Latina y el Caribe que negocian un tratado regional sobre acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en cuestiones ambientales.

 

Durante este mes de enero se han realizado tres reuniones virtuales interseccionales preparatorias para la última ronda de negociaciones.  Durante los días 10, 11 y 15 de este mes se reunieron los representantes de Estado, miembros de la sociedad civil y la CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, que actúa como secretaría de las negociaciones sobre el acuerdo) para debatir algunos puntos pendientes del texto preliminar.

 

El día 10, durante el primer día de reunión, se debatió sobre el Preámbulo del acuerdo. Los representantes de Estado se mostraron preocupados por hacer del Príncipio 10 un acuerdo inclusivo, evidenciando la necesidad de especificar en esa parte del acuerdo la extensión del derecho de acceso a la información a toda la sociedad, especialmente a los inmigrantes, mujeres, niños y pueblos indígenas. Además, se ajustaron cuestiones técnicas, en la redacción del texto, relativas al lenguaje utilizado.

Entre tanto, en el día 11, el debate se centró en el artículo 2 del tratado, titulado “Definiciones”. Para la organización ARTÍCULO 19 (Artigo 19-Brasil) el artículo constituye una parte central del acuerdo, ya que condiciona el grado de amplitud de la aplicación de los artículos restantes del documento. Danielle Andrade, representante del Público (sociedad civil), defendió la inclusión de empresas que presten servicios públicos o que se utilicen de fondos públicos dentro del alcance de entes sujetos a las obligaciones de transparencia presentes en el acuerdo, conforme estipula la Ley Modelo de Acceso a la Información de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

 

En otro momento, Danielle defendió que la definición de “defensores ambientales” incluya no sólo a los individuos involucrados en temas ambientales, sino también a aquellos que se ocupan de derechos humanos y / o derecho humanitario y que, indirectamente y en determinados contextos, tienen un papel importante en la defensa del medio ambiente. Sobre la definición de “información ambiental”, los miembros del público argumentaron que la misma debe ser amplia e inclusiva, para atender a las diversas necesidades de las sociedades latinoamericanas y caribeñas en términos de acceso a la información.

 

Para cerrar, el 15 de enero el tema de la reunión virtual fue la estructura del futuro acuerdo regional, prevista en los artículos 13 a 27 del texto compilado. Las discusiones se centraron en la creación de un fondo para la aplicación del acuerdo, en la existencia de una conferencia entre las partes y otros mecanismos de seguimiento, como informes de cumplimiento y comités subsidiarios. Las organizaciones presentes en la reunión resaltaron la importancia de que la estructura del acuerdo regional establezca mecanismos de participación del público.

 

ARTÍCULO 19 espera que los países que negocian el acuerdo mantengan el mismo nivel de ambición presentado en Santiago para que de ese modo se firme un acuerdo consistente que beneficie a las sociedades latinoamericana y caribeña. Además, es fundamental que el acuerdo sea vinculante, es decir, tenga fuerza de ley, para que su implementación atienda las necesidades de la región.

 

El acuerdo del Principio 10 y todas sus actualizaciones pueden ser acompañadas, a través de inscripción, en este enlace. Para inscribirse en la próxima reunión se puede acceder a este enlace.

 

Actualmente, se está divulgando un documento virtual con firmas de respaldo creado por representantes de la sociedad civil y que tiene el objetivo de presionar a los Estados a actuar por un acuerdo vinculante. La petición ya cuenta con más de 1.000 firmas y puede ser firmada por cualquier persona.

 

Fuente: ARTIGO 19