Este lunes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá si invalida o no el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión promulgado el 31 de octubre de 2017. A través de un comunicado, el Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones destacó la importancia de que la SCJN garantice el pleno ejercicio de la libertad de expresión en los medios y evite las pretensiones de actores políticos de control de los contenidos que se transmiten en programas de radio y televisión.
El eje de la discusión tiene que ver con los Derechos de las Audiencias que resultan en un exceso de regulación de los contenidos en medios informativos. De prosperar la visión de quienes impulsan ese enfoque que deja a la libertad de expresión en un segundo plano, el Estado mexicano asumirá un papel de “vigilante” a través de supervisores designados por este con la facultad de definir cuándo un comunicador no distinguió claramente entre información y opinión.
De mantenerse la normativa, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) podría imponer sanciones que pueden llegar a ser confiscatorias y peor, que se llegue a ordenar la suspensión de las transmisiones de una televisora o de una cadena de radio.
Al respecto, el Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET) hizo patente su preocupación a través de un comunicado, haciendo énfasis en la importancia de que la SCJN garantice el pleno ejercicio de la libertad de expresión en los medios y evite que pretensiones de actores políticos de control de los contenidos que se transmiten en programas de radio y televisión abierta y restringida, al ser obligados a distinguir información de opinión en programas noticiosos inhibiendo la labor periodística de los medios y restando certeza jurídica a los concesionarios de los medios.
La libertad de expresión es un derecho que se debe ejercer por parte de los medios de comunicación y sus comunicadores. El ajuste al marco legal de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión que se discutirá este lunes reviste incluso un carácter internacional, en primer lugar, porque como lo señaló el IDET, se trata de una obligación legal que no existe en ningún otro país del mundo, y en segundo lugar, porque diversas organizaciones que aglutinan a medios en el plano internacional o que velan por el ejercicio pleno de la libertad de expresión, están atentas a lo que resuelva este 29 de agosto la Corte en nuestro país, por el evidente mensaje de retroceso que México estaría enviando al mundo.
El tema que finalmente será resuelto por el pleno de la Corte este lunes fue listado por primera vez el 29 de agosto de 2019, y por segunda vez el pasado 17 de enero. Por ahora se sabe, que el proyecto de sentencia del Ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, propone declarar inconstitucional la reforma legislativa de 2017.
La referida reforma eliminó las disposiciones que claramente van en contra de la promoción de la libertad de expresión, por una cuestión de procedimiento, sin que sea necesario entrar al fondo. El fallo requiere del voto aprobatorio de al menos ocho de los 11 ministros que conforman el máximo tribunal constitucional.
Fuente: eleconomista.com.mx