En el último día del plazo que tenía el Gobierno Nacional para pronunciarse sobre el Proyecto de Ley de reformas a la Ley Orgánica de Comunicación, LOC, el presidente de la República, Guillermo Laso, remitió a la Asamblea Nacional sus observaciones al cuerpo legal. Según se explicó, las objeciones a la Ley se fundamentan en que 17 de los artículos aprobados por la mayoría parlamentaria de UNES y Pachakutik son inconstitucionales, mientras que otras 34 normas son inconvenientes, a decir del Gobierno.
La decisión gubernamental llegó a la Asamblea Nacional el miércoles 24 de agosto de 2022.
Según se ha explicado, los 17 artículos considerados inconstitucionales deberán ser analizados por la Corte Constitucional, luego de lo cual la Asamblea deberá pronunciarse, en un plazo de 30 días, allanándose a las observaciones del Ejecutivo o ratificándose en lo aprobado por la mayoría parlamentaria. Entre tanto, sobre las otras 34 observaciones, que el gobierno considera inconvenientes, la Asamblea deberá tramitarlas directamente.
Días atrás, gremios periodísticos y organizaciones de medios habían solicitado al Presidente de la República que vete de forma total la ley de reformas a la Ley de Comunicación, por considerarla como una ley mordaza. Mientras tanto, varias organizaciones de comunicación comunitaria respaldaron el texto aprobado por la Asamblea y demandaron que la Ley reciba el ejecútese. No obstante, el Gobierno optó por enviar sus objeciones por inconstitucionalidad y por inconveniencia.
Para que la Asamblea deseche las objeciones del Ejecutivo y se ratifique en el contenido aprobado de las reformas a la Ley de Comunicación necesita las dos terceras partes de voluntades de los parlamentarios, es decir 92 votos, lo cual no parece posible, dada la composición de fuerzas políticas.
Por otro lado, los 17 puntos más problemáticos, según el Gobierno, son los que recibieron la objeción por inconstitucionalidad; sobre estos, la Corte Constitucional deberá pronunciarse en 30 días. Entre estos temas, se incluye la normativa que se refiere a la “información falsa”. El artículo aprobado por la Asamblea, prohíbe la difusión de “toda información falsa”, sin dar una definición sobre esta. Para el Gobierno, “el Estado no puede ser una policía de la verdad”.
Mientras que las objeciones parciales por inconveniencia se se enfocan en otros puntos: Elimina los artículos que se refieren a la ampliación del campo de control de la Defensoría del Pueblo. Cambia la conformación del Consejo de Regulación de la Comunicación, de acuerdo a lo que estaba en el informe de mayoría que fue archivado. Elimina las sanciones, como talleres, para los medios de comunicación. Elimina del texto la figura de los defensores de audiencia.
Fuente: Primicias.ec