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18 abril 2017

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Ministerio de Energía y Minas busca desconocer derecho a consulta previa de pueblos indígenas

Ministerio de Energía y Minas busca desconocer derecho a consulta previa de pueblos indígenas

Luego de que la magistratura determinó el retiro de las empresas petroleras, la procuraduría pública del Ministerio de Energía y Minas apeló la sentencia.

 

Lima, Perú

El Ministerio de Energía y Minas de Perú (MEM) apeló la sentencia que ordenó anular el contrato de exploración y explotación de hidrocarburos en el Lote 116 (a cargo de la empresa Maurel Et Prom), debido a que las comunidades Awajún y Wampis de la zona de influencia de explotación (Cenepa, Condorcanqui, Amazonas), no fueron consultadas. El fallo judicial del Cuarto Juzgado Constitucional de Lima es el primero que declara fundada una demanda de amparo por omisión de consulta de hidrocarburos en la Amazonía, que los indígenas amazónicos presentaran hace casi tres años.

 

Ahora que la magistratura determinó el retiro de las empresas operadoras que trabajaban en etapa de exploración, la procuraduría pública del Ministerio de Energía y Minas apeló la sentencia sobre la Acción de Amparo del Lote 116.

 

Al mismo tiempo, el ministerio emitió un comunicado acorde con el presidente de la Sociedad Peruana de Hidrocarburos (SPH), Felipe Cantuarias, quien aseguró que la decisión judicial atenta contra la seguridad jurídica en el Perú.

 

“En salvaguarda de los intereses del Estado peruano, la Procuraduría Pública del Ministerio de Energía y Minas (MEM) apeló la sentencia sobre la Acción de Amparo del Lote 116, por considerar que afecta la seguridad jurídica al haber sido arbitrariamente emitida violando los derechos constitucionales”, señaló el MEM a través de un comunicado de prensa.

 

Cantuarias ya había dicho esperar que el MEM y Perupetro apelen el fallo, con el fin de pasar a una segunda instancia para lograr una decisión “beneficiosa” para el país y las comunidades del lugar quienes podrían “salir de la pobreza” con la extracción de petróleo.

 

No obstante, son 70 comunidades nativas afectadas que no están de acuerdo con la actividad petrolera que ha venido contaminando sus fuentes de agua, ha matado peces y otras formas de vida en los ríos.

 

Es por ello que en el 2014 interpusieron una demanda sobre dos actos administrativos: el Decreto Supremo N°066-2006-EM, que suscribió el contrato de licencia de exploración y explotación en el Lote 116, y la Resolución Directoral N° 283-2011-MEM/AAE, que aprobó el Estudio de Impacto Ambiental.

 

Maritza Quispe, abogada del Instituto de Defensa Legal (IDL) afirmó que el Poder Judicial debe ratificar en segunda instancia su decisión de anular el contrato de explotación del Lote 116. Ello no debería tomar otros dos años y medio, estimó.

 

“El Lote 116 es un lote petrolero que se superpone a las 73 comunidades establecidas en la provincia de Condorcanqui en Amazonas, pero no solo se superpone a las comunidades sino también a la Reserva Comunal Tuntanain. Entonces, afecta al derecho de territorio de esas comunidades”, precisó Maritza Quispe.

 

Fuente: Observatorio de Conflictos Mineros, OCMAL y muqui.org

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