OEA aprobó Declaración Americana sobre Derechos de Pueblos Indígenasa
Luego de una espera de 17 años, los pueblos indígenas del continente cuentan con una declaración oficial que realiza la Organización de Estados Americanos, OEA, se presenta como el primer instrumento en la historia de este organismo Pan Americano que promueve y protege los derechos de los pueblos indígenas de las Américas. La propuesta inicial fue presentada en 1999 por el abogado y líder indígena panameño del pueblo Guna, Héctor Huertas, quien tras esta histórica aprobación de la Declaración americana sobre los Pueblos Indígenas, se mostró visiblemente satisfecho. “Es una deuda histórica que cumple la OEA con los pueblos indígenas, porque reconoce los derechos de los 50 millones de indígenas que habitan las Américas”, dijo.
Huertas destacó que la Declaración define un nuevo esquema para las relaciones entre los Estados y los Pueblos Indígenas, como el respeto a los derechos humanos, y los incluye en la consideración de temas como el desarrollo sostenible.
“La Declaración también realiza cambios profundos dentro de los Estados, que permiten realmente una verdadera democracia y la participación de los indígenas dentro de cada uno de los Estados. Se reconoce el derecho a la libre-determinación, a las tierras, los recursos y sobre todo al consentimiento previo, libre e informado”, afirmó.
“La OEA está inaugurando una nueva etapa de relaciones a través de un instrumento que puede permitir que los indígenas puedan participar en todos los temas relacionados con el desarrollo dentro del Hemisferio. Incluso vamos a solicitar participar en la OEA como pueblos indígenas, y no como sociedad civil”, agregó Huertas.
Por su lado, Adelfo Regino Montes, abogado y líder indígena mexicano del pueblo Mixe de Oaxaca, quien también estuvo presente en Santo Domingo, en la aprobación de este hito histórico de las Américas, expresó que la Declaración es un avance tanto en los derechos a nivel individual como a nivel colectivo, porque reconoce derechos fundamentales como “la libre determinación y autonomía, los derechos a las tierras y los territorios, lo que es muy importante porque en el caso de países como México o Brasil, entre otros, las selvas se han preservado gracias a los indígenas”.
El representante del pueblo Mixe valoró que la Declaración incluya la cuestión de la “consulta libre previa”, que obliga a los Estados a informar a los pueblos indígenas sobre la realización de proyectos de infraestructura o de desarrollo antes de ser ejecutados. “Es importante que se reconozca que, antes de tomar medidas administrativas o legislativas, se debe hacer una consulta para saber la opinión de los pueblos que sean susceptibles de ser afectados. Lamentablemente en el pasado nuestros pueblos han sufrido la imposición de proyectos”, añadió.
La Declaración reconoce:
La organización colectiva y el carácter pluricultural y multilingüe de los pueblos originarios
La auto-identificación de las personas que se consideran indígenas
Una protección especial a los pueblos en aislamiento voluntario o en contacto inicial -como algunos pueblos amazónicos-, un elemento que lo distingue de otras iniciativas en la materia.
Que avanzar en la promoción y protección efectiva de los derechos de los pueblos indígenas de las Américas es una prioridad de la OEA.
Chile, Colombia, Ecuador, México Nicaragua y Perú celebraron en el plenario de la Asamblea por la aprobación de la Declaración. El Director General Adjunto para Asuntos Hemisféricos y de Seguridad de México, Juan Gabriel Morales, resaltó que se trata del “primer documento hemisférico que busca promover y proteger los derechos de los pueblos indígenas de las Américas, y junto con la Declaración de las Naciones Unidas es un instrumento básico para la supervivencia, dignidad, bienestar de los pueblos indígenas de nuestro hemisferio”. “La Declaración destaca el reconocimiento y respeto de los derechos de los pueblos indígenas a su actuar colectivo, a sus sistemas o instituciones jurídicas, sociales, políticas o económicas”, agregó el representante mexicano.
Puntos clave de la Declaración
La autoidentificación como pueblo indígena es determinante para determinar a quienes aplica la Declaración
Los indígenas tienen derecho a la libre determinación
Igualdad de género: las mujeres indígenas tienen derechos colectivos indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos
Las personas y comunidades indígenas tienen el derecho de pertenecer a uno o varios pueblos indígenas, de acuerdo con la identidad, tradiciones y costumbres de pertenencia a cada pueblo
Los Estados reconocerán plenamente su personalidad jurídica, respetando las formas de organización y promoviendo el ejercicio pleno de los derechos contenidos en la Declaración
Tienen derecho a mantener, expresar y desarrollar libremente su identidad cultural
Tienen derecho a no ser objeto de forma alguna de genocidio
Tienen derecho a no ser objeto de racismo, discriminación racial, xenofobia ni otras formas conexas de intolerancia
Tienen derecho a su propia identidad e integridad cultural y a su patrimonio cultural
Tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en cuestiones relacionadas con asuntos internos
Los pueblos indígenas en aislamiento voluntario o en contacto inicial, tienen derecho a permanecer en dicha condición y vivir libremente y de acuerdo a sus culturas
Tienen los derechos y las garantías reconocidas por la ley laboral nacional y la ley laboral internacional
Tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido
Fuente: OEA
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