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Presidente Macri eliminó el Ministerio de Comunicaciones

SIGNIS ALC

19 julio 2017

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Presidente Macri eliminó el Ministerio de Comunicaciones

Presidente Macri eliminó el Ministerio de Comunicaciones

La nueva dependencia de comunicación deberá intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Nacional.

Buenos Aires, Argentina.- El Gobierno de Argentina decidió suprimir el Ministerio de Comunicaciones y transferir sus competencias al Ministerio de Modernización.  La resolución fue adoptada a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia ( DNU 513), publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina del 17 de julio de 2017. El decreto gubernamental, que reformó la ley de Ministerios, trasladó también la Secretaría de Deporte a la órbita de la Secretaría General de la Presidencia y la transferencia de competencias en materia de inversiones del Ministerio de Producción a la Jefatura de Gabinete.

 

Con esta decisión presidencial, el área de comunicación se convertirá en una secretaría del Ministerio de Modernización, a cargo de Andrés Ibarra, quien también controlará la participación del Estado en Arsat y en el Correo Argentino.

 

Las modificaciones buscan “lograr la utilización racional de los recursos públicos, particularmente los relacionados a la inversión pública nacional, para potenciar la planificación y el control de gestión de la misma”, señala el texto.

 

Según el artículo 23 del decreto, será competencia del Ministerio de Modernización “asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente al empleo público, a la innovación de gestión, al régimen de compras, a las tecnologías de la información, las telecomunicaciones, los servicios de comunicación audiovisual y los servicios postales…”

 

Las funciones que deberá cumplir la nueva dependencia de comunicación se definen en el mismo artículo 23 del decreto presidencial, a partir del numeral 13 y hasta el numeral 27, inclusive:

 

13. Intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Nacional.

 

14. Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional.

 

15. Proponer diseños en los procedimientos administrativos que propicien sus simplificación, transparencia y control social y elaborar los desarrollos informáticos correspondientes.

 

16. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital para el sector público nacional.

 

17. Intervenir en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance transversal, o comunes a los organismos y entes de la Administración Pública Nacional, Centralizada y Descentralizada.

 

18. Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de compras del sector público nacional.

 

19. Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en materia de telecomunicaciones.

 

20. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en las áreas de su competencia.

 

21. Entender en la elaboración de las políticas, leyes y tratados en las áreas de su competencia y supervisar los organismos y entes de control de los prestadores de los servicios en el área de su competencia.

 

22. Entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios del área de su competencia, o de otros títulos habilitantes pertinentes otorgados por el Estado Nacional o las provincias acogidas por convenios, a los regímenes federales en la materia.

 

23. Establecer los regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas de las actividades de la Jurisdicción.

 

24. Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del servicio postal.

 

25. Entender en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de su competencia.

 

26. Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como asimismo en la coordinación con las Provincias, las empresas y los organismos de su dependencia, en relación a la optimización del uso de las facilidades y redes existentes.

 

27. Administrar las participaciones del Estado en ARSAT S.A. y CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A.

 

Finalmente el Decreto de Necesidad y Urgencia, DNU, transfiere las competencias referidas al deporte profesional y de alto rendimiento, que la Secretaría de Deporte llevaba a delante en la órbita del Ministerio de Educación, a la Secretaría General de la Presidencia. A cargo de Marcos Peña.

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