La Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, aprobó por mayoría el proyecto de ley protección de cabeceras de cuenca que pasará a la agenda de discusión del Congreso. Después de varias semanas de revisiones, recomendaciones y cambios en el predictamen del proyecto de ley (N°283-2016), el título final quedó como: Ley de conservación y protección de las cabeceras de cuenca mediante el establecimiento de los criterios técnicos para su identificación y delimitación.
Ahora, el desafío de la Comisión es elaborar y aprobar una guía metodológica para la identificación de las cabeceras de cuenca en todo el país y su la delimitación geográfica correspondiente.
Además, es necesario contar con un reglamento para el uso y aprovechamiento sostenible del recurso hídrico en cabeceras de cuenca, considerando el marco legal de la Ley de Consulta Previa (Ley N°29785), y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
La futura aprobación de esta ley significaría una mejor protección para las comunidades campesina e indígenas ubicadas en los alrededores de las cabeceras de cuenca, pues ya no se verían afectadas por actividades productivas o extractivas que podrían vulnerar sus medios de vida y territorios.
Este proyecto legislativo es una propuesta sistematizada que surgió durante la Marcha Nacional del Agua (febrero de 2012) que recién fue presentada en setiembre del 2016, por el Congresista Marco Arana.
Cabe resaltar que esta iniciativa de ley cuenta con el respaldo de Autoridad Nacional del Agua (ANA), del Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana, del Ministerio de Ambiente, Programa de Adaptación del Cambio Climático (PACC Perú) y de la Mesa de Trabajo para la Opinión Técnica Legal.
Todos estos organismos coinciden en que este proyecto no contraviene a la Ley de Recurso Hídricos, y que más bien resuelve algunos vacíos legales.
Por su parte la Presidencia del Consejo de Ministros ha recomendado incluir en el texto sustitutorio la prevención de conflictos sociales en zonas de cabeceras de cuenca.
Fuente: OCMAL/ www.muqui.org